Nuevo Plazo para cumplir la capacitación obligatoria sobre Igualdad Salarial en Ecuador, Acuerdo MDT-2025-185

La igualdad salarial en Ecuador es ahora una responsabilidad legal que exige acción y planificación. El nuevo Acuerdo MDT-2025-185 otorga una última oportunidad: cumplir con la capacitación antes de noviembre de 2026. No se trata solo de evitar sanciones, sino de promover entornos laborales más justos, inclusivos y sostenibles.

Acuerdo_Ministerial_Nro_185

¿De qué trata el Acuerdo Ministerial MDT-2025-185?

El Ministerio del Trabajo del Ecuador, mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-185, ha emitido una reforma clave que impacta directamente a empresas privadas e instituciones públicas: la ampliación del plazo hasta el 30 de noviembre de 2026 para reportar las acciones de capacitación obligatoria relacionadas con la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres

Este cambio responde a la necesidad de brindar más tiempo para que los empleadores implementen las formaciones requeridas y reporten su cumplimiento a través del sistema que el Ministerio habilitará.

¿Por qué es importante esta capacitación?

Según la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial (enero 2024), toda empresa o institución debe capacitar de forma continua a su talento humano en temas como:

  • Derechos laborales de mujeres y hombres
  • Igualdad de género
  • Erradicación de la violencia
  • No discriminación en el entorno laboral

El objetivo es garantizar la igualdad de remuneración por trabajos de igual valor, un principio que, además de ser legal, fortalece la cultura organizacional y mejora la reputación empresarial

¿Qué deben hacer las empresas e instituciones?

1. Planificar la capacitación

  • Diseñar programas de formación con enfoque en género e igualdad salarial.
  • Incluir contenidos dirigidos tanto al personal operativo como a directivos.

2. Ejecutar la capacitación

  • Pueden ser cursos presenciales, virtuales o mixtos.
  • Se recomienda contar con proveedores certificados en cumplimiento normativo.

3. Reportar la información

  • Desde enero de cada año, las organizaciones deberán reportar el inicio y fin de las capacitaciones mediante un módulo informático habilitado por el Ministerio del Trabajo.
  • Nuevo plazo ampliado: hasta el 30 de noviembre de 2026 (por única ocasión)

¿Qué pasa si no se cumple?

El Ministerio del Trabajo es el ente rector encargado de verificar y sancionar a quienes no cumplan esta obligación. Las empresas que no reporten la capacitación podrían enfrentar:

  • Multas administrativas
  • Inspecciones laborales no programadas
  • Limitaciones para participar en contrataciones públicas

¿Cómo prepararse para cumplir?

  1. Evaluar si la empresa ya ha capacitado a su personal en 2024–2025.
  2. Contratar proveedores que diseñen e implementen cursos alineados al marco legal.
  3. Designar un responsable interno que gestione el reporte ante el Ministerio.
  4. Generar evidencias: listas de asistencia, evaluaciones, certificados.

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