Medidas de protección dentro de sus instalaciones

El Ministerio de Trabajo a través de su guía para la prevención y control de covid-19 durante la jornada presencial de trabajo establece que los empleadores deben implementar medidas de protección dentro de sus instalaciones, a continuación se detalla las medidas:

  1. Los empleadores deben elaborar un protocolo para el ingreso y salida de los trabajadores y servidores de los centros de trabajo, este protocolo, deberá basarse en las resoluciones del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE), Ministerio de Salud y ordenanzas municipales
  2. deberán tomarse las siguientes medidas de protección: limpieza y desinfección de manos, ropa, calzado y detección de casos sospechosos.
  3. Se deberá instruir a los trabajadores sobre el lavado y desinfección de manos, por lo menos 40 segundos.
  4. Colocar en los centros y lugares de trabajo carteles y señalización que fomenten el correcto lavado de manos, higiene respiratoria, distanciamiento físico y otras medidas adoptadas por el empleador
  5. Las medidas de limpieza y desinfección también deberán cumplirlas los clientes, visitantes, proveedores, contratistas y subcontratistas.
  6. Se deberá fomentar en los trabajadores hábitos de higiene respiratoria, cubrirse la nariz y la boca con el interior del codo flexionado al estornudar y evitar saludar de mano, beso o abrazo.
  7. El suministro de agua, jabón, desinfectante, toallas secantes debe estar garantizado por los empleadores.

Evitar en la medida de lo posible, que los trabajadores y/o servidores utilicen los teléfonos, escritorios, oficinas u otras herramientas y equipos de trabajo de sus compañeros de labores.

Fuente:  http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/2020/05/22_05_2020_GU%C3%8DA-DE-PRL_COVID19-1.pdf

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